JurídicoESEN
Order (Auto)November 9, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Hernán Leandro Correa Cardozo

✓Claimant Procuraduría Doscientos Cuarenta Y Nueve (249) Judicial I Penal De Zipaquirá·Respondent Municipio De Zipaquirá / Nación / Ministerio De Defensa Nacional / Policía Nacional Estación Zipaquirá/ Inpec

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Conflicto De Competencia Aparente
  • Inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
  • Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Jurisdiccion Constitucional
  • No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
2 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto aparente de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Zipaquirá (Cundinamarca) y el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de la misma ciudad.

Encontró la Corte que en ese asunto sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho analizó de forma previa a la admisión de la acción de tutela la posible integración del contradictorio y concluyó que se vería comprometida su imparcialidad al ser el juez de ejecución de penas y medidas de seguridad de algunas de las personas privadas de la libertad en cuyo nombre se interpuso la solicitud de amparo.

En el mismo sentido actuó la segunda autoridad cuando propuso el conflicto de competencia al valorar la demanda y concluir que no le asistía razón a su homólogo.

Luego de considerar que los dos operadores jurídicos cuentan con competencia territorial para decidir la tutela, la Sala Plena decidió remitir el expediente al Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Zipaquirá, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Se hizo una advertencia a los juzgados involucrados en la presente controversia para que, en lo sucesivo, se abstengan de analizar de forma previa a la admisión la integración del contradictorio y decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el once (11) de agosto de dos mil veintidós (2022), por el Juzgado
  2. Segundo. de Ejecución de Penas y de Medidas de Seguridad de Zipaquirá (Cundinamarca), en el marco del proceso de tutela promovido por la Procuradora 249 Judicial I de Zipaquirá, actuando en nombre y representación de Francisco Miguel Pérez Pacho y otros, en contra de la Alcaldía Municipal de Zipaquirá y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC-.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4253, que contiene la acción de tutela presentada por la Procuradora 249 Judicial I de Zipaquirá en contra de la Alcaldía Municipal de Zipaquirá y del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - en adelante INPEC-, al Juzgado
  4. Segundo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Zipaquirá (Cundinamarca). para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
  5. TERCERO. ADVERTIR a los Juzgados
  6. Segundo. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Zipaquirá y
  7. Segundo. Administrativo del Circuito de la misma ciudad, que, en lo sucesivo, se abstengan de analizar de forma previa a la admisión la integración del contradictorio y decidan conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  8. CUARTO. Por la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
  9. Segundo. Administrativo del Circuito de Zipaquirá.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela
Cites0
It cites no recorded decisions.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.